7. Además que en el caso especifico de la presente denuncia, no ha existido ningún elemento que pueda sustentar la misma o en su defecto no se ha actuado en la investigación preliminar como parte del debido proceso, que en su momento tendré que exigir se cumpla en aras de una adecuada administración de justicia; sin embargo, es pertinente considerar aspectos que demuestran que nunca habría cometido el ilícito denunciado, como por ejemplo: Primero, yo me desempeñaba como Jefe de INTERPOL Lima en esa fecha en acatamiento a una orden superior de cambios de colocación dispuesta por el Comando PNP de ese entonces de acuerdo a una estructura orgánica funcional, que descarta cualquier hecho de “integrar un grupo para cometer delitosâ€; Segundo, si se considera que todos mis actos se han sujetado a lo establecido por la ley y las normas institucionales y así ha sido consignado en el documento policial de resultado de investigación; Tercero, no existe ninguna declaración a parte de la versión unilateral del supuesto “testigoâ€, que determine vinculación atribuible alguna que sea infractora de la ley, por el contrario existen en los actuados declaraciones que demuestran lo contrario; y Cuarto, finalmente en su declaración escrita ante representantes del Ministerio Público y autoridades competentes Vladimiro MONTESINOS TORRES niega cualquier tipo de vinculación con mi persona.
Estos documentos entre otros fueron obtenidos por la defensa legal:
Organigrama de la Dirección de Inteligencia – 1999